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Aprobada en el Congreso la Ley de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género

18/03/2021 | COMUNICACIÓN


Fuente INFOCOP.-  El pasado 11 de marzo, se aprobó en el Congreso de los Diputados, con 297 votos a favor y 50 en contra, la Ley de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género. Durante la sesión se aprobaron y ratificaron los cambios propuestos durante su tramitación en el Senado, por lo que dichos cambios se incorporarán al texto de la ley en cuanto se publique en el Boletín Oficial del Estado.

La nueva norma está destinada a la protección de las víctimas de violencia, en cualquiera de sus manifestaciones: violencia de género, explotación sexual, trata, agresión sexual, etc., en el contexto de la pandemia por COVID-19.

La norma se articula en dos capítulos que recogen, por un lado, las medidas destinadas a garantizar la prestación de servicios de asistencia social integral, incluida la orientación jurídica, psicológica y social de las víctimas durante el periodo del estado de alarma y, por otro, las medidas urgentes para favorecer la aplicación de los fondos del Pacto de Estado contra la violencia de género por parte de las comunidades autónomas.

El texto reconoce como "servicios esenciales" cualquier trabajo realizado desde organizaciones, asociaciones o instituciones públicas para la atención a víctimas de violencia de género y el derecho de las víctimas a acceder a vías de atención alternativas a la atención telefónica, tales como mensajería instantánea, geolocalización en caso de peligro, etc.

La norma además incluye la disponibilidad de servicios de acogida, centros de emergencia, pisos tutelados y alojamientos seguros, así como contempla la ampliación de estos recursos de acogimiento residencial a establecimiento de tipo turístico, en caso de no disponer de plazas en la red habitual, de forma que se garantice la máxima protección de todas las mujeres que lo precisen durante el estado de alarma.

Asimismo, se incluyen otras acciones para la atención integral de las víctimas de explotación sexual, de forma que “corresponde a las Administraciones Públicas garantizar una protección, atención e intervención integral a las víctimas que se hayan detectado durante el confinamiento. Para ello, se reforzará la vigilancia a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en los lugares donde se ejerza este tipo de violencia y se facilitará alojamiento alternativo y asistencia sanitaria y social a las víctimas que hayan contraído COVID-19”.

Otras novedades que incluye la normativa es la consideración de las necesidades de las víctimas de violencia de género con discapacidad, exigiendo un enfoque de inclusión y de accesibilidad universal, así como la ampliación de los servicios de información y asesoramiento jurídico durante las 24 horas.

Ley de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género entrará en vigor una vez que se publique en el BOE.

Más información en el siguiente enlace: Ley de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género

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