Recientemente ha salido publicado el volumen 8, No. 1 de la Revista de Mediación correspondiente al año 2015. En esta ocasión el número consta de siete trabajos, además de la Editorial, que presentan diferentes investigaciones.
Este primer número de 2015 comienza con una Presentación en la que Santiago Madrid, director de la revista, abre el debate sobre si los propios mediadores aplican habilidades y estrategias mediadorea en sus propios conflictos y realiza un recorrido por todos los artículos publicados en el número.
En el artículo «Comprar lo que vendemos importa». ¿Aplican los mediadores sus conocimientos a sus propios conflictos? el autor llama la atención sobre la necesidad de que los propios profesionales de la mediación empleen las estrategias y habilidades adquiridas para el ejercicio de su actividad profesional tanto en su vida cotidiana como en el ámbito profesional, donde los conflictos relacionales y de choque de intereses son una realidad habitual.
Acompañando al anterior artículo firmado por Tony Whatling, aparece la Recensión del libro de este autor, Mediación: habilidades y estrategias.
Innovación en mediación a través de la intervención narrativa. Desmitificando el principio de neutralidad presenta la capacidad de la intervención narrativa en la transformación de las historias de las personas que acuden a mediación. Intenta desmitificar la neutralidad que se le exige al mediador para intervenir en la disputa que presentan las partes en conflicto.
En el artículo Hacia una pedagogía restaurativa: superación del modelo punitivo en el ámbito escolar, mediante un análisis comparativo de las evaluaciones de los programas de justicia restaurativa en 67 escuelas del Reino Unido, se identifican los elementos clave para su implementación y transferencia a nuestro contexto educativo.
En La mediación penal: especial atención a los extranjeros se plantea que la Justicia Restaurativa y la mediación no constituyen sistemas nuevos de justicia penal, sino que guardan relación con los sistemas consuetudinarios de justicia. Ante la problemática en materia penal sobre extranjería, y la tendencia actual a recurrir a la expulsión del territorio, es posible aplicar la mediación penal, así como mediación para conflictos relacionales en Centros de Internamiento de Extranjeros.
El artículo ADR y violencia: la mediación frente a la opción de Aquiles defiende que tanto la actividad del mediador, como la del legislador y tantas otras no necesariamente en manos de juristas, es una actividad jurídica en tanto colabora en que las partes alcancen acuerdos que pongan fin a sus conflictos. El rechazo de la norma por la inclusión del mediador en el ámbito de la violencia de género, implica la necesidad de un replanteo axiológico del cual este artículo no es más que una primera aproximación.
Por último Una aproximación al mapa de la mediación en la Unión Europea analiza la situación de la mediación en cada país de la Unión y vemos que su aplicación es muy distinta en cada uno de ellos, aunque bastante escasa en prácticamente todos.
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