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Ayuda económica para trabajadores autónomos

28/03/2020 | INFORMACIÓN COLEGIAL


La Comunidad de Madrid ha aprobado una ayuda económica para trabajadores autónomos, con motivo de la situación de emergencia sanitaria y de las restricciones impuestas a la actividad económica durante la vigencia del estado de alarma.

Dicha ayuda consiste en una subvención destinada al pago de las cotizaciones a la Seguridad Social del Régimen Especial de Trabajadores autónomos, durante un período máximo de 12 meses. En concreto, la Comunidad de Madrid subvencionará el importe correspondiente a las cuotas por contingencias comunes del citado régimen, calculadas sobre la base mínima de cotización, durante un máximo de 12 meses, lo que supone una ayuda económica por importe de 3.207 euros.

Para el cobro de dicha ayuda no será necesario esperar al pago mensual de cada una de las cuotas subvencionadas, sino que el importe total de la ayuda será abonado anticipadamente al beneficiario, en un único pago, una vez le haya sido concedida la subvención.

Los beneficiarios de esta ayuda serán los trabajadores que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, cuya actividad se haya visto afectada negativamente por la situación de emergencia sanitaria provocada por el Coronavirus COVID-19 y que, adicionalmente, cumplan los siguientes requisitos:

-Desarrollar la actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.

-Permanecer de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos durante, al menos, los 12 meses siguientes a la presentación de la solicitud.

-Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social.

La presentación de la solicitud deberá realizarse, obligatoriamente, por medios telemáticos, a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid. Para ello es necesario que los solicitantes dispongan del correspondiente “DNI electrónico/certificado electrónico”, reconocido por la Comunidad de Madrid. A través de este enlace podrá acceder al formulario de la solicitud, así como a toda la información sobre la ayuda y su tramitación. La concesión de las ayudas se producirá hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios destinados al efecto y la resolución de las solicitudes se realizará por riguroso orden de presentación.

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