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Ampliado el plazo para la solicitud de la acreditación profesional en Psicología Forense hasta el 30 de Noviembre de 2018

02/10/2018 | INFORMACIÓN COLEGIAL


La Sociedad Española de Psicología Jurídica y Forense y los Colegios Oficiales de Psicólogos de Madrid, Cataluña y Andalucía Occidental, han acordado dar un paso adelante en la cualificación de los psicólogos y psicólogas forenses, creando la figura del Experto en Psicología Forense a través de una acreditación propia.

Podrán acceder a la misma todas las psicólogas y psicólogos colegiados en cualquier Colegio de Psicología de España que desempeñen su labor profesional forense tanto en el ámbito público como en el privado, siendo su objetivo el avalar que ese profesional reúne los requisitos de formación, experiencia y competencias profesionales adecuadas para el ejercicio de la práctica de Psicología Forense.

Las entidades mencionadas están colaborando estrechamente y realizando esfuerzos para dignificar esta rama de la Psicología en aras de conseguir el reconocimiento oficial de la Administración de Justicia, ante la necesaria cualificación para acceder a tareas forenses tanto en los puestos públicos como en el ejercicio libre de la profesión, más allá de la licenciatura o el grado en Psicología, que en su plan de estudios no recoge como obligatorio la formación específica de este ámbito. En este sentido, la Acreditación como Experto en Psicología Forense, se concibe como un sello de calidad de buena praxis profesional, de cara tanto a las instituciones de Justicia como a los usuarios y letrados.

Los colegiados pueden presentar su solicitud en cualquier momento del año, realizándose un único proceso de evaluación anual descentralizado y/o centralizado según la demanda, no quedando establecido a priori el lugar de realización de las entrevistas de valoración.

El proceso de evaluación para 2018 incluirá las solicitudes recibidas hasta el 30/11/2018.

En el documento del procedimiento de acreditación se recogen las distintas vías y modalidades de acceso, con los requisitos universales y propios según formación y experiencia profesional, ya procedan de la Administración pública o del ámbito privado.

El Procedimiento para la solicitud de la acreditación pueden consultarse y descargarse pinchando aquí.

(*) Esta acreditación es voluntaria y no tiene carácter de titulación oficial, ni es habilitante por sí misma, ni obligatoria para el ejercicio de la Profesión.

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