Los colegiados y las colegiadas que deseen investigar o desarrollar algún tema relacionado con la Psicología pueden constituir un grupo de trabajo con colegas que compartan el mismo interés. El Colegio Oficial de la Psicología de Madrid les facilitará la infraestructura disponible y necesaria para el desarrollo de su actividad.
Para formar un grupo es necesario formular una solicitud a la Junta de Gobierno, especificando sus objetivos, las actividades y los miembros que lo constituirán (el número mínimo es de cuatro). Cada grupo de trabajo ha de nombrar una persona para la coordinación. Los grupos deben cumplir con procedimientos en su funcionamiento con relación a la asistencia a las reuniones, la realización de una memoria anual, etc.
Los grupos de trabajo del Colegio tienen su límite de actuación en el propio Colegio. Cualquier acción o actividad que salga de dicho ámbito, deberá ser aprobada por la Junta de Gobierno, que es el órgano que ostenta la representación.
Sí, el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid pone a disposición de los grupos espacios de publicación, tanto en la Guía de la Psicología como en la web. En la web los grupos pueden disponer de un espacio propio en el que pueden colgar documentos de trabajo, actas de reuniones, convocatorias, etc. Asimismo, los grupos cuentan con las Comunidades Virtuales, donde pueden alojar documentación, realizar videoconferencias, compartir información...
Como grupo de trabajo, se puede hacer una propuesta al departamento de Formación. Ellos os facilitarán el modelo a cumplimentar y os indicarán la disponibilidad de las fechas para su realización. Dicha propuesta deberá ser aprobada en Junta de Gobierno.
El Colegio certificará tu participación en el grupo, siempre que se disponga de documentación que así lo acredite, como por ejemplo, hojas de asistencia a reuniones, actas, etc.
Secretaría es el enlace de referencia para cuestiones administrativas. Asimismo, Juan Carlos Fernández Castrillo, Vocal de la Junta de Gobierno, es la persona encargada de la coordinación de los grupos de trabajo, así como cualquiera del resto de los vocales.
Desde Secretaría se derivará cualquier duda que surja al vocal correspondiente de la Junta de Gobierno.
Los/as colegiados/as que deseen investigar o desarrollar algún tema relacionado con la Psicología, pueden constituir un grupo de trabajo con aquellos profesionales colegiados que compartan el mismo interés.
Para crear un grupo de trabajo es necesario formular la correspondiente solicitud dirigida a la Junta de Gobierno especificando los objetivos de trabajo, las actividades previstas y el nombre de los miembros que lo integrarán.
El Colegio Oficial facilitará la infraestructura y medios necesarios, para el desarrollo de la actividad, en función de las disponibilidades existentes, y que se concretan en los siguientes:
Los grupos de trabajo deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
Por petición voluntaria: El grupo podrá disolverse de manera voluntaria, siendo el/la coordinador/a la persona encargada de presentar la correspondiente comunicación a la Secretaría del Colegio.
Por decisión de la Junta de Gobierno: La Junta de Gobierno acordará la disolución de los grupos que no se hayan reunido, al menos, tres veces, durante el año natural.