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grupos de trabajo

Los colegiados y las colegiadas que deseen investigar o desarrollar algún tema relacionado con la Psicología pueden constituir un grupo de trabajo con colegas que compartan el mismo interés. El Colegio Oficial de la Psicología de Madrid les facilitará la infraestructura disponible y necesaria para el desarrollo de su actividad.

Para formar un grupo es necesario formular una solicitud a la Junta de Gobierno, especificando sus objetivos, las actividades y los miembros que lo constituirán (el número mínimo es de cuatro). Cada grupo de trabajo ha de nombrar una persona para la coordinación. Los grupos deben cumplir con procedimientos en su funcionamiento con relación a la asistencia a las reuniones, la realización de una memoria anual, etc.

 


Se aconseja que se reserven con al menos un mes de antelación, con el fin de reducir las posibilidades de no disponer de aulas. Asimismo, si se produce una cancelación, se debe indicar en Secretaría para poder aprovechar la sala.

Los grupos de trabajo del Colegio tienen su límite de actuación en el propio Colegio. Cualquier acción o actividad que salga de dicho ámbito, deberá ser aprobada por la Junta de Gobierno, que es el órgano que ostenta la representación.

No, si se solicita previamente con un margen de al menos dos días. De esta manera no se sobrecarga al departamento de formación y se puede apoyar en esta tarea desde Secretaría.

No existe límite de reuniones, únicamente dependemos de la disponibilidad de las aulas. La periodicidad de las reuniones las marca el propio grupo y su actividad.

No. Los grupos forman parte del Colegio pero no lo representan, salvo que se elabore algún documento que sea valorado y aprobado en Junta de Gobierno.

No. Los grupos de trabajo no representan al Colegio y por tanto, no pueden actuar ni en ese ni en ningún otro aspecto sin autorización del órgano de gobierno que ostenta su representación.

Sí, el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid pone a disposición de los grupos espacios de publicación, tanto en la Guía de la Psicología como en la web. En la web los grupos pueden disponer de un espacio propio en el que pueden colgar documentos de trabajo, actas de reuniones, convocatorias, etc. Asimismo, los grupos cuentan con las Comunidades Virtuales, donde pueden alojar documentación, realizar videoconferencias, compartir información...

Como grupo de trabajo, se puede hacer una propuesta al departamento de Formación. Ellos os facilitarán el modelo a cumplimentar y os indicarán la disponibilidad de las fechas para su realización. Dicha propuesta deberá ser aprobada en Junta de Gobierno.

El Colegio certificará tu participación en el grupo, siempre que se disponga de documentación que así lo acredite, como por ejemplo, hojas de asistencia a reuniones, actas, etc.

Secretaría es el enlace de referencia para cuestiones administrativas. Asimismo, Juan Carlos Fernández Castrillo, Vocal de la Junta de Gobierno, es la persona encargada de la coordinación de los grupos de trabajo, así como cualquiera del resto de los vocales.

Desde Secretaría se derivará cualquier duda que surja al vocal correspondiente de la Junta de Gobierno.

No, cualquier actividad del grupo que requiera algún tipo de gasto deberá ser valorada y aprobada según los procedimientos habituales.

Los/as colegiados/as que deseen investigar o desarrollar algún tema relacionado con la Psicología, pueden constituir un grupo de trabajo con aquellos profesionales colegiados que compartan el mismo interés.

Creación del grupo:

Para crear un grupo de trabajo es necesario formular la correspondiente solicitud dirigida a la Junta de Gobierno especificando los objetivos de trabajo, las actividades previstas y el nombre de los miembros que lo integrarán.

  • Se requiere un mínimo de cuatro personas. (En el Anexo I se incluye un modelo de solicitud).
  • Es obligatorio estar colegiado/a.
  • Cada grupo de trabajo ha de nombrar un coordinador/a, que será responsable de coordinar la actividad del grupo con la Secretaría del Colegio (fechas de reuniones, reserva de salas, publicación en Guía del Psicólogo, elaboración de memoria de actividades, etc.). Los coordinadores deberán ser elegidos cada dos años, mediante votación de los miembros del grupo, pudiendo ser reelegida la misma persona.
  • Los grupos de trabajo deberán tener su primera reunión dentro de los cuatro meses siguientes a su creación. En el caso de no reunirse durante el citado periodo, se producirá su disolución.
  • Los grupos de trabajo tendrán carácter abierto, por lo que, una vez constituidos, cualquier colegiado podrá incorporarse a los mismos. No obstante, aquellos grupos que, en función de circunstancias especiales de trabajo, consideren conveniente la creación de comisiones de carácter cerrado, podrán hacerlo temporalmente mediante solicitud presentada a tal efecto, en la que se expondrán los motivos correspondientes, y siempre que dichas comisiones coexistan con reuniones abiertas del grupo.

El Colegio ofrece a los grupos:

El Colegio Oficial facilitará la infraestructura y medios necesarios, para el desarrollo de la actividad, en función de las disponibilidades existentes, y que se concretan en los siguientes:

  1. Espacios para publicar en la Guía del Psicólogo y en la web (A fondo, convocatorias, noticias, etc.)
  2. Correo electrónico para el grupo.
  3. Creación de foros.
  4. Espacios para reuniones. Para la reserva de salas es necesario realizar la petición por correo electrónico con la suficiente antelación para poder tramitarla. Asimismo, los grupos deben comunicar los cambios o cancelaciones de las reuniones con la mayor antelación posible, de cara a disponer del aula para otras actividades. Las reuniones de grupos de trabajo quedarán supeditadas a los horarios de apertura del Colegio.

Funcionamiento:

Los grupos de trabajo deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Llevar un registro de asistencia a las reuniones (Anexo II).
  • Levantar actas con los temas tratados en cada reunión.
  • Elaborar una memoria anual de las actividades realizadas, que deberá ser entregada al Colegio antes del 1 de febrero del año siguiente.
  • Comunicar por escrito a la Secretaría del Colegio cualquier cambio en la coordinación, que deberá reflejarse a su vez en el acta correspondiente (para grupos y subgrupos).
  • Remitir a la Secretaría del Colegio, a través del correo electrónico grupostrabajo@cop.es, las peticiones de reserva de espacios, así como cualquier otra comunicación relacionada con el grupo.

Disolución:

Por petición voluntaria: El grupo podrá disolverse de manera voluntaria, siendo el/la coordinador/a la persona encargada de presentar la correspondiente comunicación a la Secretaría del Colegio.

Por decisión de la Junta de Gobierno: La Junta de Gobierno acordará la disolución de los grupos que no se hayan reunido, al menos, tres veces, durante el año natural.

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