Los psicólogos, según la definición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), estudian los procesos mentales y el comportamiento de los seres humanos, individualmente o como miembros de grupos o sociedades, y aplican estos conocimientos para promover el desarrollo tanto individual como social, educativo o profesional de las personas.
La regulación del ejercicio profesional de los psicólogos se realiza de acuerdo a principios de ética, eficacia, independencia y responsabilidad profesional.
La colegiación constituye una garantía básica de calidad de los servicios psicológicos. Indica a los usuarios de dichos servicios que los profesionales a los que han acudido satisfacen las siguientes condiciones:
La colegiación sólo es posible para aquellos que han demostrado con documentos veraces que han cursado y finalizado los estudios que habilitan para el ejercicio profesional de la Psicología.
La Comisión Deontológica del Colegio investiga las infracciones del Código Deontológico y propone las sanciones que corresponda a quienes incumplan dichas normas.
El Colegio organiza cursos de especialización profesional y otras actividades para formativas la mejora continua de las actuaciones profesionales de los psicólogos.
El Colegio facilita el acceso a la literatura científica en la que deben fundamentar sus intervenciones los psicólogos, por ejemplo editando revistas sectoriales y distribuyéndolas entre sus colegiados.
Cuesta de San Vicente 4,
6ª pl. 28008 Madrid
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